Nota de Prensa N° 207 - 2020 -OIC-EPS EMAPICA S.A.

LAS EMPRESAS DEBEN CONOCER LOS VALORES MAXIMOS ADMISIBLES – VMA

Emapica, promueve a usuarios no domésticos (empresas, industrias etc.) cumplan con normativa VMA y adopten medidas y prácticas en favor de la salud pública y el ambiente. El reinicio de las actividades comerciales e industriales nos permite brindar la orientación necesaria para disminuir el alto contenido de grasas, aceites, químicos, gases tóxicos, residuos como desperdicios de comida, toallas higiénicas y otros que afectan notoriamente el sistema de alcantarillado. La mayoría de usuarios no domésticos descargan todo tipo de desechos, sin tratamiento alguno, ocasionando atoros que producen grandes aniegos de aguas servidas; no teniendo cultura de tratarlas (separar desperdicios) para mejorar la calidad. Como se sabe los Valores Máximos Admisible (VMA) fue aprobada por Decreto Supremo No 010-2019-VIVIENDA, que regula y controla la cantidad de sustancias nocivas y contaminantes de las aguas residuales provenientes de las actividades comerciales e industriales. La normativa de este decreto suprema es proteger la red de alcantarillado e infraestructura sanitaria y así evitar atoros, desbordes o aniegos que perjudiquen la imagen institucional; proteger la salud pública y ambiental. VMA: NO ARROJES DESPERDICIOS AL DESAGUE